Antes de la aprobación, los diputados escucharon al secretario de Innovación de la Presidencia Daniel Ernesto Méndez Cabrera, quien explicó que la Ley de Ciberseguridad y Seguridad de la Información tiene como objeto “establecer los principios, el marco legal, la institucionalidad y las políticas de protección que permitan estructurar, vigilar, regular y fiscalizar las medidas de ciberseguridad y seguridad en poder de las instituciones públicas”.
También detalló que la Ley para la Protección de Datos Personales tiene como objeto proteger dicha información determinando los requisitos esenciales para realizar el tratamiento legítimo de estos; así como el marco normativo que debe seguirse en su recolección, uso, procesamiento, almacenamiento y otras actividades relacionadas a ellos
Méndez dijo que con la Ley de Protección de Datos Personales “combinada” con la Ley de Ciberseguridad “se podrá pedir a los buscadores de información que eliminen cierta información que yo no quiera tener a disposición de todo el mundo. Muchas veces los datos personales son filtrados y son esparcidos, pero ahora se va a poder pedir a los buscadores que puedan revertir ese manejo de información y puedan eliminarlo”, aseguró el funcionario.
El secretario de Innovación dijo que ambas normativas permiten la creación de la Agencia de Ciberseguridad del Estado, que será el ente rector para ciberseguridad y protección de los datos.
“Este cuerpo normativo genera la creación de la Agencia de Ciberseguridad del Estado que va a ser el ente rector de toda la temática de ciberseguridad y de protección de datos personales... lo que estamos buscando es garantizar todos esos derechos que el ciudadano salvadoreño debe conservar, debe preservar y debe poder administrar... y que la Agencia de Ciberseguridad pueda establecer cuáles son los protocolos mínimo que debemos cumplir como instituciones públicas y sector privado para garantizar esa seguridad a la población y sus datos como tal”, dijo el funcionario.
El diputado Caleb Navarro, presidente de la Comisión se interesó por saber si los datos de bienes e hipotecas que maneja el Centro Nacional de Registro quedaban excluidos o no en esta ley de Protección de Datos Personales.
“Mi consulta es sobre el Centro Nacional de Registro, el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, que son públicos los datos consultados en las computadoras y usted puede consultar datos de cualquier persona, de cualquier propiedad y ahí incluye datos personales, no está en exclusión ¿Cómo sería el tratamiento?”, preguntó Navarro.
“En el caso del CNR, justamente, va a ser un sujeto obligado al cumplimiento de la Ley, dado que hasta el momento se han contemplado aquel tratamiento de exclusiones de la ley, donde no debe restringirse el acceso a los mismos... el CNR estaría sujeto a la Ley de Protección de Datos”, aseguró Méndez.
Exclusiones
Méndez mencionó exclusiones de la Ley de Protección de Datos Personales:No aplica para historial crediticio.
No aplica a tratamiento de temas domésticos familiares.
No se relaciona al tema de seguridad pública ni defensa.
No aplica para registros y datos del Estado Familiar.
Ambos proyectos de Ley serían aprobados en la sesión plenaria ordinaria número 29 el próximo martes.
© Todos los derechos reservados, cualquier uso requiere autorización expresa y por escrito de Editora El Mundo S.A.