Cerca de medio millón de niños, niñas y adolescentes quedaron en situación de abandono en El Salvador por uno o ambos padres de familia, según revelaron los datos de la más reciente Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples (EHPM).
El documento publicado por el Banco Central de Reserva (BCR), señala que en el año 2024, un total de 478,982 menores entre los cero y 17 años de edad vivieron una situación de abandono de sus familiares. De estos 254,986 fueron niños y 223,996 niñas.
Según el informe, el abandono por parte del padre afectó a un total de 381,258 menores, de esa cifra, 201,850 fueron niños y 179,408 niñas. Los datos mencionados revelaron que los casos de abandono por dicho miembro de familia fue del 79 %.
Por otro lado, el abandono por parte de la madre alcanzó los 38,811 casos, de los cuales 22,455 fueron niños y 16,356 son niñas. Mientras que 58,913 menores fueron abandonados por ambos padres de familia, en el cual resultaron afectados 30,681 niños y 28,232 niñas.
La Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples reporta, para el año 2024, una población total de 6.3 millones de personas, de los cuales 1,882,226 se identificaron entre los cero y 19 años de edad, que equivale el 29.6 % de la población total.
En comparación con los datos publicados en la encuesta del año 2023, se expone un aumento significativo en los casos de abandono, con un total de 669,448 menores reportados. Es decir que en el último año se reporta una reducción de 190,498 casos, que equivale a una baja del 28 %.
Mencionar que los datos publicados en la encuesta anterior también detalla sobre las razones de abandono e identifica como las principales causas: abandono, migración y muerte. Sin embargo, en la tabulación del año 2024 no se brinda mayor información sobre los motivos que llevaron a un estado de abandono del infante.
Es importante señalar que los datos comparativos entre 2023 y 2024 deben no son exactos, ya que la población en El Salvador varía cada año por diversos factores y dado que la base poblacional no es la misma en ambos años, los porcentajes no necesariamente muestran una tendencia precisa.
¿Qué dice la ley?
El artículo 199 del Código Penal de El Salvador, sostiene que: “el que teniendo deber legal de velar por un menor de dieciocho años o una persona incapaz de proveerse por sí misma, los abandonare poniendo en peligro su vida o su integridad personal o los colocare en situación de desamparo, será sancionado con prisión de uno a tres años”.
Por su parte, la Ley Crecer Juntos señala que el abandono de un menor de edad es una de las infracciones grave en contra de la niñez salvadoreña, y por ende el Estado tiene la obligación de establecer las herramientas de gestión pública para la prevención, atención y erradicación del maltrato de niñas, niños y adolescentes en todas sus formas, siendo incluido el abandono
Asimismo la ley expone que, deben ejecutarse "medidas de acogimiento", que corresponden a un traslado del infante a una familia, sin compatibilidad sanguínea, con la responsabilidad de cuidar el bienestar del infante, que incluye brindar afecto y educación.
"Durante su ejecución se tratará de preservar o fortalecer los vínculos familiares, prevenir el abandono y procurar la reintegración de la niña, niño o adolescente a su familia de origen", estipula el artículo 224 de la Ley Crecer Juntos.