Si en estas vacaciones planea viajar con un menor de dad a otro país sin la presencia de uno o ambos padres de familia, deberá presentar un acta notarial o permiso de salida a la Dirección General de Migración y Extranjería en la frontera o terminal aérea, junto con el pasaporte vigente y en buen estado del menor.

¿Pero qué es el acta notarial o permiso de salida? Según la institución, es la autorización de uno o ambos padres, en caso que el menor de edad viaje solamente con uno de ellos, solo o junto a una tercera persona.

Este documento debe contener el nombre completo, edad, profesión u oficio , domicilio, número de documento de identidad de la persona a quien se autorizará que saque al menor del país. Además, la fecha de vencimiento del documento emitido.

También debe consignar el nombre completo del menor, junto al número de pasaporte que indique la fecha de emisión y vencimiento del documento de viaje. El acta deberá relacionar la certificación de la partida de nacimiento del menor y consignar si viaja solo o con acompañante.

Es importante que indique cuál es el país de destino y los países de tránsito, si los hay, además del tiempo que permanecerá afuera del país.

“Si viaja con una tercera persona, consignar nombre completo y número según documento de identidad y el vínculo que exista con la niña, niño o adolescente”, añade Migración, quien indica que deberá presentarse fotocopia del o los documentos únicos de identidad de los padres de familia que otorga el permiso.

Migración recuerda a los notarios que elaboren el documento que se debe colocar una cláusula especial que especifique que “el otorgante faculta al padre/madre (según sea el caso) para que comparezca ante la autoridad competente y brindar la autorización de salida del país de la niña, niño o adolescente”.

Previo a la salida del país, Migración sugiere llevar el permiso a revisión a cualquier sede de la institución para revisar el acta notarial y evitar que el permiso de salida sea negado en la frontera. Este servicio es completamente gratis.

En varias ocasiones, el director de Migración Ricardo Cucalón ha recordado a los abogados que en esta acta notarial no deben citar la ley Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia (Lepina) ya que fue derogada al aprobar la ley Crecer Juntos, la cual, es la normativa correcta a ser citada en estos casos.

Trámite en línea

Actualmente, la Dirección de Migración y Extranjería ofrece el servicio de validación de acta notarial en línea siguiendo los siguientes pasos:

Una vez que usted tenga el acta notarial que reúna todos los requisitos, escaneéla, incluyendo la firma de uno o ambos padres, la del notario y su sello.

"Si el documento no requiere corrección, recibirás la autorización con un código QR que garantiza la aprobación y validez del permiso de salida del país", dice Migración en su sitio web.

Cuando el menor salga del país, en compañía de uno de los padres o un tercero, además del pasaporte también debe presentar este código QR envíado al correo electrónico, se puede presentar impreso o en el teléfono.

Para hacer todo este proceso, Migración pide que el permiso sea enviado anticipadamente para su revisión.